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Antes de alquilar tu vivienda, pueden surgiros dudas. Muchas de ellas están relacionadas con el miedo o la preocupación ante el IMPAGO DEL ALQUILER por parte de nuestros inquilinos y qué hacer al respecto.

Con el seguro de impago de alquiler puedes alquilar tu vivienda con toda tranquilidad, sintiéndote respaldado en la responsabilidad jurídica y económica. Además, realizamos un estudio de viabilidad de los inquilinos sin ningún coste.

Que hacer si no te pagan el alquiler de la vivienda

¿Cuáles son las ventajas del seguro de alquiler?

  • Cobertura de las mensualidades impagadas.
  • Indemnización por actos vandálicos.
  • Reclamación en contratos de reparación o mantenimiento.
  • Recuperación de las mensualidades.
  • Cobertura de deudas de suministros del inquilino moros.
  • Asistencia Jurídica Telefónica ilimitada.

Requisitos para contratar este seguro de impago de alquiler

Para contratar este seguro, es necesario realizar un estudio previo de los inquilinos sean asalariados, autónomos, pensionistas o trabajadores del hogar. Para realizar dicho estudio es imprescindible reunir la siguiente documentación:

En caso de asalariados

Dos últimas nóminas de los inquilinos y contrato laboralcopia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.

En caso de autónomos:

Última declaración de la rentados últimos recibos del pago de autónomos a la Seguridad Social, copia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.

En caso de pensionistas

Último justificante de pensión emitido por la Seguridad Socialcopia del DNI y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.

En caso de trabajadores del hogar

Certificado actualizado de Vida Laboral o, en su defecto, los dos últimos recibos pagados a la Seguridad Social, contrato laboral y dos últimas nóminas o, en su defecto, certificado emitido por el empleador donde se haga constar el importe del salario neto mensual y solicitud de seguro cumplimentada y firmada por los inquilinos/ avalistas y propietario.

Todas las coberturas del seguro de alquiler y precio

CoberturasVIVIENDAS
Impago de rentas Con esta garantía asumimos el coste de los impagos por parte del inquilino, siempre que exista un juicio de desahucio. Además cubrimos el impago de otras cantidades (suministros, cuotas comunitarias..) que figuren en el contrato
Coberturas básicas incluidas
Reclamación del propietario por infracciones de normas legales Si tienes problemas con un vecino, con la comunidad de propietarios o con un tercero, reclamará en tu nombre y defenderá tus derechos como propietario
Coberturas básicas incluidas
Defensa y reclamación del propietario sobre servidumbres Garantiza la defensa y reclamación en los conflictos con sus vecinos, situados a distancia no superior a 100 metros, por cuestiones de servidumbres de paso, luces, vistas, distancias, lindes y medianerías
Coberturas básicas incluidas
Defensa y reclamación frente a la comunidad de propietarios Garantiza la defensa y reclamación de sus intereses frente a la comunidad de propietarios del inmueble en que se halle la vivienda, siempre que esté al corriente de pago de las cuotas legalmente acordadas
Coberturas básicas incluidas
Defensa penal como miembro de la junta de la comunidad de propietarios Garantiza la defensa de su responsabilidad penal en los procesos que se le sigan como miembro de la junta de copropietarios del inmueble
Coberturas básicas incluidas
Actos vandálicos al continente En caso de actos vandálicos, asumirá el robo del continente causados por el inquilino. Enviará a un perito quien valorará el alcance de los daños
Coberturas básicas incluidas
Asistencia jurídica telefónica Con sólo llamar tendrás, de inmediato, todas las respuestas que necesites sobre tus derechos y obligaciones como arrendador. Podrás llamar tantas veces como quieras, sin límite de consultas
Coberturas básicas incluidas
Gastos de cerrajero y cerradura, para lanzamiento judicial por desahucio En el supuesto de reclamación de rentas impagadas, el asegurado ya hubiera recuperado la posesión efectiva de la vivienda de su propiedad pero quisiera cambiar la cerradura de la puerta de entrada a la misma, asumirá el importe de la cerradura hasta el límite indicado y el coste del cerrajero
Coberturas básicas incluidas
Pérdida de alquileres por incendio Te abonará mensualmente un importe equivalente al de la renta mensual pactada en el contrato de arrendamiento durante el período en que la vivienda esté considerada como totalmente inhabitable
Coberturas básicas incluidas
Actos vandálicos al contenido En caso de actos vandálicos y impago de rentas, asumirá los deterioros inmobiliarios y/o el robo del continente causados por el inquilino. Enviará a un perito quien valorará el alcance de los daños.
Cobertura opcional
196,06€ *para un alquiler de 300€ y 12 meses de cobertura

Preguntas y respuestas más frecuentes del seguro de impago del alquiler

¿Cuál es la vigencia del seguro?

La vigencia de este seguro es anual y su renovación es automática salvo en el caso de que solicites la baja por escrito.

¿Cuándo empiezo a cobrar el adelanto de mensualidades?

El adelanto de las rentas impagadas se efectúa una vez hayan dado comienzo las acciones judiciales y se esté dentro del período de 3 meses posteriores al primer impago de mensualidad.

¿Queda cubierto el impago de suministros?

Siempre y cuando el inquilino haya impagados rentas del alquiler, te cubrimos hasta un máximo de 150€ para cubrir el menor importe de: la deuda pendiente o el cambio o nueva alta del contrato de suministros (agua, gas y electricidad).

¿Qué ocurre si se marcha o cambio de inquilino?

En el supuesto de que se marche o cambie el inquilino no es necesario cancelar el seguro que tengas contratado. En este sentido, basta con contactar con nosotros y realizar una suspensión temporal mediante la firma del contrato de rescisión.

¿Qué ocurre si se marcha el inquilino durante la gestión del impago?

En el supuesto de que el inquilino moroso te entregue las llaves y se deje la vivienda cuando ya nos has informado del impago pero la demanda de desahucio aún no se ha presentado, igualmente te adelantamos hasta 2 meses impagados (a descontar el mes de franquicia).

Pídenos presupuesto sin ningún tipo de compromiso. Te esperamos.

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